De acuerdo con el apartado I del cuadro de características y la cláusula 2.2 del pliego de cláusulas administrativas las ofertas constarán de tres (3) sobres en formato digital.
En el sobre núm. 2 los licitadores tienen que incluir la descripción y diseño del módulo que tendrá que estar integrado al entorno y aportación de infografía del mismo.
En el sobre núm. 3 tienen que incluir la documentación relativa a los criterios cuantificables de forma automática, de conformidad con el modelo que se adjunta como anexo núm. 4 al pliego de cláusulas administrativas y entre los criterios previstos están la funcionalidad de los módulos objetos de suministro. Esta información anticipada en el sobre núm. 2 resulta ratificada en el sobre núm. 3 por la importancia del buen funcionamiento de los módulos. La valoración de los criterios cuantificables de forma automática se efectuará siempre con posterioridad a la de aquéllos cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, cumpliendo con el principio de igualdad de trato tanto en el momento de presentar sus ofertas como en el momento de la valoración, no siendo motivo de exclusión de conformidad a la reiterada doctrina administrativa ( por todas, resoluciones del TACRC nums 574/2019 y 2028/2021) y jurisprudencial.