Ángulo de vuelco para el lote 4 (suministro de 12 AEA):
En el punto 2 del Apéndice 4 se establece que el ángulo de vuelco debe ser de acuerdo a la norma EN 1846-2, tabla 2 con un valor igual o superior a 32°, sin embargo la norma que establece el ángulo de vuelco para Autoescaleras Automáticas Giratorias es la EN 14043:2014 (Medios elevadores aéreos para los servicios de lucha contra incendios. Escaleras pivotantes con movimientos combinados. Requisitos de seguridad y prestación y métodos de ensayo) y que establece como ángulo de vuelco de 28° para vehículos de hasta 16 ton
¿es aceptable para el Lote 4 que el ángulo sea igual o superior a 28° de acuerdo a la norma EN 14043:2014?
Ángulo de vuelco para el lote 4 (suministro de 12 AEA):
En el punto 2 del Apéndice 4 se establece que el ángulo de vuelco debe ser de acuerdo a la norma EN 1846-2, tabla 2 con un valor igual o superior a 32°, sin embargo la norma que establece el ángulo de vuelco para Autoescaleras Automáticas Giratorias es la EN 14043:2014 (Medios elevadores aéreos para los servicios de lucha contra incendios. Escaleras pivotantes con movimientos combinados. Requisitos de seguridad y prestación y métodos de ensayo) y que establece como ángulo de vuelco de 28° para vehículos de hasta 16 ton
¿es aceptable para el Lote 4 que el ángulo sea igual o superior a 28° de acuerdo a la norma EN 14043:2014?
Resposta:
Efectivamente la EN14043:2014 (E) en la página 45 indica que es suficiente un ángulo de 28 grados. Por tanto, la respuesta a la consulta es que sí.